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61 reclusos son indultados en la región de Antofagasta por pandemia del Covid-19

En el Centro de Cumplimiento Penitenciario Concesionado y el Centro Penitenciario Femenino de Antofagasta se llevaron a cabo las notificaciones de los primeros indultos conmutativos.

  • La ley permitirá que 61 internos e internas de la Región de Antofagasta, que han cometido delitos menores y son población de riesgo, o tienen permisos de salida, puedan cumplir el resto de su pena bajo arresto domiciliario.

La Seremi de Justicia y Derechos Humanos, Paula García y el Director Regional de Gendarmería de Chile, coronel Pedro Ferrada acompañaron a los (as) beneficiados (as) de estas unidades penales, quienes fueron notificados y que, durante esta jornada, regresar a sus casas a pasar el resto de sus condenas. Simultáneamente, se desarrolló este proceso en las demás unidades penales de la región.

Durante ambos diálogos, las autoridades enfatizaron a los internos e internas que deben cumplir estrictamente el arresto domiciliario total, así como las medidas de control impuestas por Gendarmería, porque de lo contrario perderán el indulto y volverán a cumplir sus penas en la cárcel.

Al respecto, la Seremi Paula García agregó que “la persona beneficiada por este indulto deberá firmar una solicitud y se le entregará un documento con todas las reglas que debe cumplir durante el periodo que esté bajo arresto domiciliario. Luego, aquellas personas que son población de riesgo serán llevadas a su domicilio por parte de Gendarmería, si así lo requieren. Finalmente, el control y supervisión del cumplimiento de este arresto domicilio, lo harán los Centros de Reinserción Social de Gendarmería”.

Mientras que el Director Regional de Gendarmería de Chile, coronel Pedro Ferrada explicó que “para verificar dicho cumplimiento, Gendarmería elaboró un sistema con teléfonos registrados, a los que se les instaló un chip de seguimiento y geolocalización, con el cual los indultados tendrán la obligación de contactarse cuatro veces al día con el Centro de Control, a través de una aplicación, junto tener con la obligación de contestar cada llamada sorpresa que puedan recibir durante el día desde la institución”.

Recinto Penitenciario Beneficiados
Centro de Cumplimiento Penitenciario Concesionado de Antofagasta 12
Centro de Detención Preventiva de Calama 21
Centro de Detención Preventiva de Tocopilla 17
Centro de Detención Preventiva de Taltal 3
Centro Penitenciario Femenino de Antofagasta 8
  61

¿A quiénes beneficia esta ley?

La iniciativa comprende indultos generales conmutativos de penas privativas de libertad de hombres que tengan más de 60 años, mujeres mayores de 55 años, mujeres embarazadas o que tengan un hijo o hija menor de dos años. El indulto consistirá en la conmutación de la pena privativa de libertad por la de reclusión domiciliaria total por todo el saldo de sus respectivas condenas.

El motivo por el cual las mujeres acceden el beneficio a más baja edad que los hombres, es porque las cifras criminológicas entregadas por expertos en la tramitación legislativa demuestran que las mujeres tienen tasas de reincidencia casi nulas cuando superan los 50 años. Y, además, a nivel general, debe considerarse que una persona que envejece en la cárcel alcanza de “manera anticipada” la tercera edad, por el deterioro físico que implica vivir privado de libertad.

Para acceder al indulto, estos grupos deberán cumplir la mitad de la condena y restarles por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses.

En el caso de las mujeres condenadas que estuviesen embarazadas o tuviesen un hijo o hija menor de dos años, que resida en la unidad penal, deberán cumplir un tercio de la condena, y restarles por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses.

A los mayores de 75 años, por ser parte del grupo más vulnerable, no se les exigirá que hayan cumplido un mínimo de condena, ni que les reste menos de 36 meses de prisión.

Además, se contempla un indulto general conmutativo a todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo las penas de reclusión nocturna, o penas de reclusión parcial nocturna en establecimientos penitenciarios y para quienes, cumpliendo una pena privativa de libertad, se encuentran gozando del beneficio de salida controlada.

Quedan excluidos de este beneficio quienes han sido condenados por delitos de gran gravedad, tales como tortura, violación, cualquier delito sexual contra menor de edad, femicidio, homicidio, trata de personas, delitos terroristas y delitos de lesa humanidad, entre otros.

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