Termómetro Noticias

Dra. Elvira Badilla: “Se están violando normas de la guerra, por tanto, implica que hay violación al Derecho Internacional”

banner 2021

La doctora en Derecho Internacional, Elvira Badilla, explicó los alcances del ataque de Rusia a Ucrania.

A dos semanas del ataque de Rusia a Ucrania, el cual ha decantado en consecuencias inusitadas -como la férrea resistencia ucraniana y las amenazas de un conflicto a mayor escala de parte del invasor- la doctora en Derecho Internacional, Vicerrectora de Sede Coquimbo y académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte (UCN), Dra. Elvira Badilla Poblete, explica las implicancias que podría tener el conflicto a escala internacional.

Pese a las sanciones de la comunidad internacional (especialmente del bloque Occidental) el Presidente Vladímir Putin no ha aminorado su intención de continuar la ofensiva contra su país vecino.

Respecto a un castigo internacional, la experta explica que “la cuestión es compleja en este caso”, pues para tomar este tipo de decisiones el Consejo de Seguridad requiere el voto afirmativo de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad -China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia- es decir “Rusia puede vetar una decisión de tal naturaleza con su voto en contra”, afirmó.

¿Qué violaciones al Derecho Internacional comete Rusia con su ataque a Ucrania?
-Sin cuestionamiento alguno, el ataque de Rusia a Ucrania, viola varios normas y principios básicos de las relaciones entre Estados recogidos por el Derecho Internacional, consagrados en el Artículo Dos, de la Carta de las Naciones Unidas. Esta norma señala que “Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”.

Es decir, con esta invasión se está violación el principio de no uso de la fuerza en las relaciones entre Estados; el principio de respecto a la soberanía e integridad territorial de los Estados; el principio de la libre determinación de los pueblos, entre otros. Por otra parte, la guerra también tiene normas, las que deben ser respetadas por los Estados una vez envueltos en un conflicto bélico.

Igualmente, el Derecho Internacional Humanitario protege a quienes resulten heridos(as) en la guerra y a los prisioneros(as) de guerra. Tanto la Federación Rusa como Ucrania son parte de los tratados del Derecho Internacional Humanitario básicos sobre los conflictos armados, que son los cuatro Convenios de Ginebra de 1949.

Según las informaciones que recibimos, también se están violando normas de la guerra, por tanto, implica que hay violación al Derecho Internacional Humanitario en este conflicto. Una gran preocupación nos produce la situación de los grupos más vulnerables a las atrocidades que se comenten en los conflictos armados, como las agresiones sexuales a mujeres, niñas y adolescentes, y la situación en que quedan otros grupos en razón de su edad, género o diversidades funcionales.

La comunidad internacional no puede abandonar a estos grupos y su protección debe ser prioritaria.

¿Qué mecanismo contempla el Derecho Internacional ante ataques o conflictos donde se involucran grandes potencias?
-Lo primero es señalar que estos mecanismos no operan para las grandes potencias solamente, operan para todos los Estados y miembros de la comunidad internacional.

De alcance universal existen, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que tiene mecanismos de sanciones en su Carta, conforme al Capítulo VII puede tomar medidas para mantener o restablecer la paz y seguridad internacionales. El artículo 41 de la Carta de la ONU dispone entre las medidas la interrupción total o parcial de las relaciones económicas y de las comunicaciones ferroviarias, marítimas, aéreas, postales, telegráficas, radioeléctricas, y otros medios de comunicación.

La cuestión es compleja en este caso, pues para tomar este tipo de decisiones el Consejo de Seguridad requiere el voto afirmativo de los cinco miembros permanentes del Consejo -China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia- es decir Rusia puede vetar una decisión de tal naturaleza con su voto en contra. De hecho, ya ocurrió recientemente el 26 de febrero, cuando se intentó emitir una resolución por parte del Consejo de Seguridad condenando las acciones de Rusia hacia Ucrania, la cual fue votada en contra por Rusia, por lo que no pudo prosperar.

LA HAYA
Sobre las facultades que pueda tener el Tribunal Internacional contra el agresor en este conflicto, la académica de la UCN destacó que “la sala de cuestiones preliminares de la Corte, autorizó iniciar una investigación”.

¿Qué facultades tendría el Tribunal Internacional de la Haya para intervenir en el conflicto y cómo lo debiese aplicar?
-Entiendo que estamos hablando de la Corte Penal Internacional (CPI), cuya sede está en La Haya. En efecto, hemos sabido que este tribunal de alcance universal, que tiene competencia para conocer de cuatro tipos de crímenes internacionales, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen agresión, ha iniciado una investigación sobre lo que está ocurriendo en Ucrania.

El 28 de febrero pasado el Fiscal de la CPI, Karim A.A. Khan, señaló  “(…) estar convencido de que existe una base razonable para creer que tanto los presuntos crímenes de guerra como los crímenes de lesa humanidad se han cometido en Ucrania en relación con los hechos ya evaluados durante el examen preliminar de su Fiscalía”.

Luego, el 2 de marzo, dijo haber recibido referencias sobre la situación en Ucrania de parte de 39 estados miembros de la CPI.

Formalmente el 2 de marzo, la Sala de cuestiones preliminares de la Corte, autorizó iniciar una investigación, mediante una decisión de los jueces y jueza Piotr Hofmański, Luz del Carmen Ibáñez Carranza y Antoine Kesia-Mbe Mindua, es decir, en estos momentos hay en curso una investigación sobre los hechos de guerra en Ucrania en relación con crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o genocidio.

¿Cree usted que este tribunal pueda juzgar a Putin u otro líder de alguna de las naciones involucradas en el conflicto?
-Desde lo jurídico la Corte Penal Internacional conoce sobre los crímenes internacionales ya mencionados y juzga a quienes son signados como responsables de ellos. Esto se hace con forma de juicio, por lo tanto, se trata de probanzas.

La pregunta, no es jurídica en realidad, más bien dice relación con ¿qué tan factible sea poder llevar a una figura como el Presidente de la Federación Rusa o de las otras naciones poderosas del sistema mundial a una Corte Penal Internacional? yo respondería, sin ser experta en relaciones internacionales, que aún eso está por verse.

Varios especialistas en relaciones internacionales estiman que eso es muy difícil y ponen como ejemplo que, hasta ahora no se ha hecho.

¿Cree que este conflicto será una prueba para evaluar la efectividad y competencia de organismos internacionales, ante conflictos que involucran a grandes potencias?
-La humanidad ha buscado formas y vías para solucionar sus conflictos y para relacionarse, desde muy antiguo, con mayor urgencia y ahínco lo ha hecho luego de las dos guerras mundiales del siglo XX, es decir, se ha creado una estructura institucional internacional, que incluye organizaciones de orden universal y regional, para velar por la paz y seguridad internacional. Frente a cualquier situación, de guerra o en paz, todo está bajo escrutinio, siempre estamos poniendo a prueba la institucionalidad que nos hemos dado como humanidad para vivir en situación de paz mundial.

En Otras noticias...

Carabineros se instala con puesto en mall de Antofagasta para dar a conocer su quehacer

Redaccion Termometro

Comisión de Seguridad Pública y Ciudadana del Consejo Regional despliega agenda de trabajo en la comuna de Calama 

Constanza Castillo

Municipalidad inició plan de ayuda tras incendio en campamento Pantaleón Cortés

Constanza Castillo