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Teletrabajo se puede ejercer todo el periodo de las vacaciones escolares de invierno

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Esta semana comenzaron las vacaciones de invierno para los escolares de la región, las que fueron adelantadas y extendidas por los ministerios de Educación y de Salud debido a la actual situación sanitaria que atraviesa el país.

En este contexto, las autoridades laborales de la región aclararon el dictamen 1050/18 emitido por la Dirección del Trabajo que permite el trabajo a distancia o teletrabajo a madres o padres durante las vacaciones escolares de invierno extendidas.

La directora regional del Trabajo (s), Margarita López Bustamante, explicó que el dictamen de la Dirección del Trabajo hace aplicable el artículo 206 bis inciso 2° del Código del Trabajo (teletrabajo o trabajo a distancia) a la semana adicional que dispuso de forma extraordinaria el Ministerio de Salud, ya que tal medida impide la asistencia de niños y niñas menores de 12 años a sus establecimientos educacionales, por razones sanitarias. 

En tanto, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés Ruiz, hizo un llamado a los empleadores a empatizar con las y los trabajadores que requieran hacer uso de esta modalidad de trabajo durante el periodo de vacaciones escolares de invierno. En este sentido, recordó que “aún estamos en alerta sanitaria por Covid-19 y ante esta situación también se habilita para el resto de las dos semanas de vacaciones programadas la aplicación del artículo 1° de la Ley 21.342 (Retorno Seguro), que permite a trabajadoras y trabajadores con hijos e hijas menores de edad (menores de 18 años) efectuar el trabajo a distancia o teletrabajo”, manifestó. 

Cabe destacar, que la solicitud de teletrabajo sólo uno de los padres podrá ejercer este derecho, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan, lo cual no implica una reducción de las remuneraciones. 

Para solicitar la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia el padre o la madre deberá solicitarlo al empleador a través de una declaración jurada, la cual se puede descargar desde el sitio web de la Dirección del Trabajo www.direcciondeltrabajo.cl en donde se debe dejar constancia que ejercen el cuidado de los hijos sin ayuda de otra persona.

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