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Conozca cómo cambiar el domicilio electoral para las elecciones de Octubre: plazo vence esta semana 

El trámite permite cambiar la dirección de residencia para luego asignar un lugar de votación más cercano.

Este viernes 8 de junio finaliza el plazo para que las y los votantes puedan revisar o modificar sus domicilios electorales para las Elecciones Regionales y Municipales de octubre, en las que votar será obligatorio.  

Quiénes deseen realizar el trámite, deberán ingresar a la página web del Servicio Electoral (Servel). Luego seleccionar la opción “Cambio de domicilio electoral”. Cabe destacar que al ser un trámite gubernamental, se debe contar con una Clave Única para ingresar a la web, clave que puede ser solicitada en el Registro Civil . 

Una vez habiendo ingresado, se deberá actualizar cada uno de los datos solicitados, y una vez finalizado el proceso se podrá descargar el documento en PDF. Finalmente, la modificación se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales tras un rango de 20 a 25 días hábiles, en caso de ser aceptada.

No obstante, también existe la posibilidad de hacerlo de manera presencial, directo en las oficinas regionales del Servel, ChileAtiende, Registro Civil, los consulados de Chile en el extranjero, o en la Policía Internacional al momento del ingreso o salida del país.

Una vez realizado el trámite, Servel podrá contar con la información adecuada para realizar una asignación de un lugar más cercano y cómodo para las y los votantes de cara al 27 de octubre próximo.

“El llamado a quienes realicen este trámite es poner especial cuidado en que los datos que hayan ingresado anteriormente y figuren en el Registro Electoral estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa. Si no se cumple con alguna de estas condiciones, o bien si el elector o electora desea cambiar la dirección antes registrada, debe solicitar la actualización”, se puede leer desde la página oficial del Servel.

Cabe recordar que este año se esperan tres instancias de elecciones: las primarias municipales de Gobernadores Regionales y alcaldes con voto voluntario, y las votaciones generales de alcaldes y concejales, y una posible segunda vuelta en caso de ser necesario, ambas con voto obligatorio.

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