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Concejales piden al Tribunal Electoral suspender a Karen Rojo como alcaldesa

Cuatro miembros del concejo municipal presentarán los antecedentes de la acusación realizada a Karen Rojo por fraude al fisco y negociación incompatible para que el Tribunal resuelva si la alcaldesa debe seguir o no en su cargo.

Doris Navarro, Camilo Kong, Luis Aguilera y Jonathan Velásquez pusieron a disposición del Tribunal Regional Electoral de Antofagasta los antecedentes de la acusación hecha por Fiscalía a la alcaldesa Karen Rojo por fraude al fisco en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, la Corporación Cultural de Antofagasta y negociación incompatible, delitos que son atribuidos a Rojo como parte del Caso Main, en donde la alcaldesa habría usado recursos de las corporaciones anteriormente mencionadas para pagar una asesoría política.

El comunicado enviado por los cuatro concejales detalla lo siguiente:

En relación a la acusación realizada por el Iltmo. Tribunal, con fecha 12 de Junio 2020, por el Fiscal Jefe de Fiscalia Local de Antofagasta del Ministerio Público, Sr. Cristian Aguilar Aranela a doña Karen Paulina Rojo Venegas, en calidad de autora, por hechos constitucion de DOS DELITOS  consumados de FRAUDE AL FISCO – Art Nº239 Código Penal – en contra de CMDS y CCA, y DOS DELITOS consumados de NEGOCIACION INCOMPATIBLE – Art Nº240 del código penal – en contra de CMDS y CCA.

Y conforme con la resolución del Juzgado de Garantía de Antofagasta quien proveyó  dicha acusación Resolviendo la solicitud del ministerio público es que como concejales de la comuna de Antofagasta, doña Doris Navarro Figueroa, don Luis Aguilera Villegas, don Camilo Kong Pineda y don Jonathan Velasquez Ramirez,  hemos resuelto poner a disposición del TRIBUNAL REGIONAL ELECTORAL DE ANTOFAGASTA los antecedentes de dicha acusación para que sea el Iltmo. Tribunal Regional Electoral de Antofagasta quien verifique si la alcaldesa Karen Rojo Venegas debe o no ser suspendida de su cargo por encontrarse suspendido su derecho a sufragio y previo cumplimiento de las actuaciones procesales pertinentes.

Declarando que la alcaldesa referida se encontraría  temporalmente incapacitada para el ejercicio del cargo debiendo ser reemplazada mientras dure su incapacidad en la forma que establece el artículo Nº62 de la Ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Firman los concejales Navarro, Velásquez, Kong y Aguilera.

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