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Ya no se puede apelar: Karen Rojo irá a la cárcel de mujeres de Antofagasta por 5 años y un día

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La defensa de la ex alcaldesa de Antofagasta había presentado el recurso con el objetivo de dejar sin efecto la sentencia a la que fue condenada por su responsabilidad en el delito de fraude al fisco.

Durante la jornada de este miércoles se dio a conocer que la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de la ex alcaldesa de Antofagasta Karen Rojo, el cual buscaba dejar sin efecto la sentencia de cinco años de presidio efectivo a la que fue condenada por su responsabilidad en el delito de fraude al fisco y negociación incompatible en el marco del denominado “Caso Main”.

Es así que Karen Rojo deberá cumplir la pena de cárcel que fue dictada en primera instancia por el Tribunal Oral de Antofagasta.

La sentencia por fraude al fisco y negociación incompatible había sido resuelta el 17 de enero de 2021 por el tribunal, la cual condenaba a la ex alcaldesa por haber ocupado dineros de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta para una asesoría comunicacional, la cual apuntaba a mejorar la percepción de su imagen en la ciudadanía para así lograr su reelección en las municipales del año 2016.

Al respecto, el Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar, señaló que “el día de hoy, la Corte Suprema confirmó su sentencia que rechaza los recursos de nulidad presentados por la defensa de Karen Rojo y Edgardo Vergara, lo que significa que la sentencia pronunciada por el Tribunal Oral de Antofagasta queda en estado de cumplimiento”.

“La sentencia condenó a doña Karen Rojo, ex alcaldesa de Antofagasta a la pena privativa de 5 años y 1 día, además de la pena inabilitación para derechos y cargos públicos por el mismo lapso de tiempo, además de una pena de multa por el 20% del perjuicio causado”, agregó.

Sobre el caso de Edgardo Vergara, señaló que “Además condenó al ex Secretario Ejecutivo de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, Edgardo Vergara Montt, a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, la que deberá cumplir, a diferencia de doña Karen Rojo, con el beneficio de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva”.

Mientras que en el caso de la ex alcaldesa, “doña Karen Rojo, la sentencia queda en estado de cumplimiento, de modo que la pena privativa de libertad deberá ser cumplida de forma efectiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino de esta ciudad”.

El Fiscal Jefe, destacó la sentencia, siendo este “un precedente en el sentido de que no sehabía logrado una sentencia con una pena de cumplimiento efectivo por un delito de fraude al fisco”.

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