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Senador Araya: “Estamos todos de acuerdo en la necesidad de que las FFAA puedan custodiar infraestructura crítica”

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Legislador valoró que, en esta ocasión, el gobierno se haya sentado a la mesa, desde un inicio, para discutir la iniciativa.

“El ejecutivo está disponible a presentar ciertas modificaciones, con el objeto de perfeccionar algunos puntos, que a ellos le merecen dudas, respecto de la propuesta que estamos discutiendo, pero en principio, yo creo que estamos todos de acuerdo en la necesidad de que las Fuerzas Armadas puedan custodiar infraestructura crítica”, indicó el senador, Pedro Araya Guerrero, tras reactivar, en la Comisión de Constitución, el estudio de reforma constitucional, sobre el mencionado tema.

En este sentido, el parlamentario agregó que “celebro que el gobierno se haya sentado a la mesa, desde un comienzo, en este proyecto, y no ocurra lo que pasó en la situación pasada, que, en la práctica, vino al final de la tramitación de la iniciativa.  Hoy, tenemos que ir viendo cuáles serán los bordes del trabajo que realizarán las FFAA y esperamos que esto sea a la brevedad, dado que ha sido un tema que fue ampliamente discutido en el proyecto anterior”.

Proyecto
Recordemos que la propuesta de los senadores establece la facultad del Presidente de la República de instalar, decreto supremo, suscrito por los Ministros del Interior y Seguridad Pública, y de Defensa Nacional, la protección de la infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, cuando exista peligro grave o inminente a su respecto.

De esta forma, se definiría infraestructura crítica como el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medioambiente o a la seguridad del país.

Entre otros de los aspectos que considera el proyecto, precisa que esta atribución no puede implicar la suspensión, restricción o limitación de los derechos y garantías constitucionales o en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile. A su vez, la duración de la medida no podría extenderse por más de 60 días, sin perjuicio de que pueda prorrogarse por iguales períodos, con acuerdo del congreso.

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