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Confirman condena a municipalidad por vulnerar derecho a la honra con ocasión del despido de funcionarios

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó los recursos de nulidad presentados en contra de la sentencia que acogió la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido de cinco trabajadores desvinculados por la municipalidad de la comuna en 2021.

En fallo unánime (causa rol 617-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Eric Sepúlveda Casanova y la abogada (i) Luisa Cortés Sánchez– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado del Trabajo de Antofagasta, que acogió la acción y ordenó pagar a Melissa Valentina Matthews Godoy la suma de $8.777.694; a Andrés Michael Espinoza Lorca, $12.280.176; a Matías Javier Hernández Farías $7.502.910; a José Antonio Salazar Fernández, $12.280.176; y a Adolfo Julián Monteirot Zoeson, $12.280.176.

“(…) establecido como lo ha sido en la sentencia que los actores fueron desvinculados de manera anticipada, mediante un decreto sin fundamentación en cuanto al término anticipado de los servicios, y sin haberse invocado la pérdida de confianza que supone el cargo que desempeñaban los demandantes, la única conclusión posible frente a tales hechos es que en la remoción de sus cargos se vulneraron derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de la República, como lo es el derecho a la honra, ya que precedieron a la desvinculación expresiones y publicaciones del alcalde, quien manifestó que sacaría del municipio a funcionarios ‘apitutados’, procediendo, luego, a desvincular a los actores, por lo que adecuadamente así lo estableció el sentenciador a quo, en cuanto a que se vulneró la honra de los demandantes con el término anticipado y sin motivo justificado de las contratas”, consigna el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se rechazan los recursos de nulidad interpuestos por el Abogado FELIPE JULIO ARAYA, por la parte demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA; y el deducido por el abogado JORGE MAYNE MOLLER, por los demandantes, en contra de la sentencia de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el juez destinado Ricardo Andrés Alveal Venegas del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT N° T-402-2021, RUC N° 2140363307-8, la que, en consecuencia, no es nula”.

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