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Karen Rojo se encuentra con su derecho a sufragio inhabilitado

Tras una solicitud presentada al Tribunal Electoral Regional, el organismo determinó esta decisión.

El Tribunal Electoral Regional (TER) acogió las solicitudes de Fernando San Román, Luis Aguilera, Doris Navarro, Camilo Kong y Jonathan Velásquez, que solicita excluir a la ciudadana Karen Rojo del padrón electoral e incorporarla en la nómina de inhabilitados para sufragar.

El documento emanado por el Tribunal Electoral Regional señala que “por las que solicitan la exclusión del Padrón Electoral Auditado de Karen Paulina Rojo Venegas, suficientemente individualizada y se ordena al Servicio Electoral excluirla de dicho registro e incorporarla en la nómina de inhabilitados para sufragar, por configurarse a su respecto la causal de suspensión del derecho de sufragio establecida en el artículo 16 Nº2 de la Constitución Política de la República”.

“El derecho de sufragio se suspende:… 2º Por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista, y…”, y habiéndose acreditado, como se señaló en el considerando octavo, que con fecha 12 de junio de 2020, la reclamada fue acusada por delitos que merecen pena aflictiva, se ha cumplido con el presupuesto exigido por la norma constitucional y, por ende, ésta se encuentra con su derecho a sufragio suspendido, por lo que deberá acogerse la reclamación.

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