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Cámara de Diputados y Diputadas aprobó y despachó proyecto que permite que el apellido materno anteceda al paterno

La ley permitirá a los padres decidir el orden de los apellidos de sus hijos.

Este jueves la Cámara baja despacho el proyecto que permite modificar la Ley 4.808 del Registro Civil, la cual facultará a los padres decidir qué apellido llevará primero su hijo o hija, si el materno o el paterno.

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La norma establece que los hijos que nazcan posteriormente deben conservar el orden de apellidos del primogénito en común.

Asimismo, facilitaría el procedimiento para que toda persona mayor de edad, por una única vez pueda invertir el orden de sus apellidos o utilizar el de otros ascendentes en línea recta hasta segundo grado; abuelos o abuelas.

Si una persona realiza un cambio de orden de apellidos, esto provocará el cambio del respectivo apellido de sus hijos e hijas menores de edad. Los hijos mayores de 14 años hasta los 18 años, deben dar consentimiento para realizar el cambio de apellido a través de un escrito ante el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación.

Quedarán excluidos de realizar el cambio de apellido toda aquella persona que haya sido condenada por delitos sexuales.

La norma entrará en vigencia al día siguiente tras su publicación en el Diario Oficial.

Foto: Cámara de Diputados

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