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Tribunal obliga al “Súper Alcalde” a borrar vídeo donde mostraba atrasos de funcionarios de la CMDS

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De no bajar sus vídeos y comentarios, el alcalde Jonathan Velásquez arriesgaría multas de hasta 100 UTM.

A través de una declaración pública, el sindicato de trabajadores de la CMDS – Casa Central dio a conocer la situación, donde el Tribunal del Trabajo de Antofagasta obligó al alcalde a bajar el video donde mostró y viralizó los atrasos de los funcionarios de la Corporación Municipal.

DECLARACIÓN. Comunicamos a los medios informativos y opinión pública en general, que con fecha 06 de octubre de 2021, el tribunal del trabajo de Antofagasta, dictó la primera resolución dentro del juicio abierto por este Sindicato (causa T361-2021), en contra de la Corporación Municipal de esta ciudad, por la grave vulneración de los derechos al honor y a la integridad síquica que han sufrido nuestros trabajadores y asociados, con motivo del a funa promovida por el Sr. Velásquez en contra del personal de la CMDS por medio de un video difamatorio de su parte, que fue subido a redes sociales, con el impacto que ello ha causado en nuestra comunidad.

El Tribunal del Trabajo de Antofagasta accedió a la medida de protección solicitada por el Sindicato, en defensa de la dignidad de los trabajadores que representamos, ordenando a la Corporación Municipal y al Sr. Velásquez en lo particular; lo siguiente:

  1. Suspensión del acto impugnado, por lo que el Alcalde deberá eliminar -o bajar- de las plataformas digitales, los videos, imágenes, audios o comentarios que haya subido a redes sociales (propia o institucionales, u otros medios digitales, cuando ocurran los siguientes factores.
    a. Se muestren imágenes de trabajadores,
    b. Se dé nombre, cargo opuesto de trabajo que permita identificación,
    c. Se exprese algún juicio de valor negativo con respecto a la situación denunciada en conocimiento del Tribunal, que se vincule a la conducta de los denunciantes, sea en forma individual o grupal.

Todo bajo explícito apercibimiento de multas de hasta 100 UTM, y remitir los antecedentes al Ministerio Público por delito de desacata, en caso de insistir los involucrados en sus prácticas humillantes y menoscabadoras de la condición de los trabajadores.

Es necesario destacar, que la resolución adoptada -que tiene plena eficacia desde el momento de su notificación-, tuvo como fundamento para ser dictada “el mérito de los antecedentes, considerando la gravedad de los sucesos, la intensa forma de afectación de los Derechos Fundamentales de los trabajadores, la entidad de las Garantías en juego, los graves efectos de la permanencia de algunas de las conductas denunciadas que superan con creces los beneficios de la mantención de ciertas formas de expresión en redes y medios digitales, el hecho que los medios utilizados son especialmente incontrolables y tienden a generar efectos irreversibles ante el efecto de la ´Justicia de la Horda´ que los propios generadores del primer mensaje luego son incapaces de controlar”.

Tal como en su momento señalamos que confiábamos en la justicia y en los fundamentos de la acción judicial presentada, el día de hoy valoramos profundamente el contenido de la resolución dictada por la judicatura laboral, la que permite, desde ya, poner atajo a las conductas lesivas de nuestros derechos ejecutados por el empleador, y con ella, se comienza a reparar también el daño causado.

Finalmente manifestamos que el Sindicato ejecutará todas las acciones tendientes a poner término y a obtener las sanciones que correspondan, respecto de aquellas conductas del empleador que afecten la dignidad, valía, integridad y buen nombre de nuestros trabajadores.

COMUNICADO ÍNTEGRO DE:
Sindicato de Trabajadores de la Casa Central
Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta.

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