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Autor de delitos de sodomía, abuso sexual y violación fue condenado a 12 años de presidio

Ilícitos perpetrados en la ciudad de Antofagasta entre 2012 y 2019.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó a M.C.V.C a la pena de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de sodomía, dos delitos de abuso sexual impropio y dos delitos de violación impropia respecto de tres víctimas. Ilícitos perpetrados en la ciudad de Antofagasta entre 2012 y 2019.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Luz Oliva Chávez (presidenta), Eduardo Estrada Aravena y Alfredo Lindenberg Bustos (redactor)- aplicó, además, a M.C.V.C a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En la causa, el tribunal impuso también a M.C.V.C las penas accesorias del artículo 372 del citado cuerpo legal, esto es la de interdicción absoluta temporal del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, en su grado máximo y por el término de diez años y, la de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, en el sentido que deberá informar a Carabineros cada tres meses, su domicilio actual, constituyendo el incumplimiento de esta obligación la conducta establecida en el artículo 496 N°1 del Código Penal.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que “(…) Desde una época indeterminada del año 2018 hasta principios de 2019, el acusado M.C.V.C, realizó actos de transgresión sexual respecto de la víctima a la sazón de entre 14 y 15 años de edad”.

En el hecho número 2, se logró dar por acreditado que “(…)Desde que tenía aproximadamente 6 o 7 años de edad hasta febrero de 2019, el acusado M.C.V.C, realizó respecto de la niña nacida el 9 de noviembre de 2006, actos de relevancia y significación sexual”.

En el hecho número 3, “(…)Desde que tenía aproximadamente 6 años de edad y hasta aproximadamente los once, el acusado M.C.V.C, realizó respecto de la víctima nacida el 4 de marzo de 2006, actos de relevancia y significación sexual”.

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